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Natalia Moncada Ortiz
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La jugada prohibicionista del alcalde

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Federico Gutiérrez no puede tomar decisiones que vayan en contra de la Constitución. Por lo tanto, y por más que lo desee, no puede prohibir completamente el consumo.

 

Alcalde frente a restricción de Circulación de Menores

Crédito: Alcaldía de Medellín.

 

Federico Gutiérrez, alcalde repitente de Medellín, hizo la tarea incompleta con el Decreto 0007 de 2024, que prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas en algunos lugares del espacio público. Y no porque sea un estudiante desaplicado, sino porque usó a favor de su postura prohibicionista las disposiciones legales nacionales sobre el consumo. En lugar de proporcionar pautas claras y equitativas, sus medidas restringen y vulneran los derechos de los usuarios de drogas.

La “jugada” de Gutiérrez tiene varios antecedentes cercanos. En 2019, el Congreso de la República introdujo al Código de Policía los numerales 13 y 14 al artículo 140. Estos establecían sanciones a quienes portaran y consumieran sustancias psicoactivas en el espacio público.

Según la Policía Nacional, en el primer semestre del 2023 se impusieron más de 122 mil comparendos por esta causa, los cuales representan el 16 % del total y revelan una persecución intencionada hacia las personas que hacen uso de las drogas. Sergio Pérez, investigador de la organización Dejusticia, señaló en un análisis para ese centro de estudios que se trata de una “criminalización administrativa mediante restricciones policiales” y una “falsa solución a los problemas de seguridad”.

La Corte Constitucional se manifestó frente a esto con la Sentencia C-127 de 2023. En esta estableció que esas normas significaban una restricción absoluta que vulneraba los derechos al libre desarrollo de la personalidad, la dignidad humana y la salud de los consumidores, con lo cual le ordenó al Gobierno nacional expedir un protocolo de aplicación, que fue publicado en enero de este año por el Ministerio de Justicia y del Derecho.

El documento brinda a las autoridades territoriales las pautas para regular la prohibición del consumo de drogas y sus competencias legales dentro de la autonomía de sus territorios. También establece unas directrices generales, entre las cuales incluye aplicar el principio de no discriminación frente a las personas consumidoras.

El Decreto 0007 de 2024 de la Alcaldía de Medellín, promulgado el 17 de enero, especifica que no se podrá consumir ningún tipo de sustancia psicoactiva en los 100 metros del perímetro alrededor de colegios y universidades, parques o plazas, centros deportivos y lugares de eventos públicos y privados. Además, establece multas de hasta 1.300.000 pesos a quienes incumplan las normas establecidas en el decreto. Por obvias razones, esto afecta de manera más significativa a las personas con bajos ingresos económicos.

Federico Gutiérrez no puede tomar decisiones que vayan en contra de la Constitución. Por lo tanto, y por más que lo desee, no puede prohibir completamente el consumo. En cambio, sí puede establecer en qué lugares no se puede hacer uso de sustancias psicoactivas, pero también debe garantizar que las personas que las usan puedan ejercer sus derechos libremente y sin temor a la persecución policial por decisiones que son parte del libre desarrollo de la personalidad. Esa fue la parte que le quedó faltando.

Cuando una persona trata de encontrar en qué parte del decreto se especifican los lugares en los que sí podrá hacer uso de sustancias psicoactivas, esto no aparece. No se le indica en qué espacios serán respetados sus derechos. Entonces, los usuarios de estas sustancias son sometidos a entornos que pueden atentar contra su integridad, contra toda evidencia y recomendación de asumir las drogas como un asunto de salud pública y con políticas de mitigación del riesgo. Este vacío sería menos difuso si el país abandonara su política prohibicionista, pero en diciembre de 2023 volvió a hundirse el proyecto que buscaba regular, por lo menos, el cannabis para uso adulto.

El decreto de Gutiérrez termina por estigmatizar al consumidor y favorece que se le trate como un delincuente, o sea discriminado, a pesar de que la Corte es clara en defender sus derechos. Si bien se sustenta en una supuesta protección de los menores, en determinados horarios no suele haber niños en ciertos lugares y eso tampoco se tiene en cuenta a la hora de vetar el consumo en espacios públicos.

A pesar de que todo el tiempo aparecen políticas prohibicionistas, como las del alcalde Federico Gutiérrez, los datos indican que las personas no están dejando de consumir y por lo tanto estas medidas son un fracaso absoluto. Según el Estudio Nacional de Consumo de Sustancias Psicoactivas publicado en 2023 por el Observatorio de Drogas de Colombia, la demanda de sustancias ilícitas se incrementó del 5.1 % al 8.7 % entre 1996 y 2019.

Además de ser una medida ineficaz frente al consumo, el decreto del alcalde es tan poco específico que quedan abiertos a la interpretación del agente de Policía que imponga el comparendo asuntos como qué se entiende por eventos públicos y privados.

En lugar de apostar por medidas prohibicionistas, se deben explorar enfoques que respeten los derechos individuales y proporcionen una regulación clara, como también espacios seguros para el ejercicio responsable de estos derechos.

Un ejemplo exitoso es Portugal, que desde 1999 implementó programas para afrontar la situación como un problema de salud pública y ahora, según las cifras que ha recopilado la Agencia Piaget, tiene el índice más bajo de muertes relacionadas con drogas en la Unión Europea: tres por cada millón de habitantes, cinco veces menos que el promedio de Europa.

En lugar de mejorar la convivencia ciudadana de manera justa y respetar los derechos que la misma Corte Constitucional ha reafirmado en ocasiones anteriores, el decreto de la Alcaldía de Gutiérrez podría convertirse en un multiplicador de conflictos en y por el espacio público. Por eso es fundamental que la Alcaldía reconsidere su enfoque y haga la tarea completa.

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