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event 29 Febrero 2024
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Caterine Jaramillo González, Leidy Restrepo Mesa y Yesica Natalia Gómez Giraldo
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  • Violencias de género como práctica de guerra: la fuerza del testimonio para la justicia

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    Más de 35 mil personas, la mayoría mujeres, fueron víctimas de crímenes contra sus derechos sexuales y reproductivos en el conflicto armado colombiano y la JEP es la responsable de impartir justicia sobre estos delitos por parte de exguerrilleros y agentes de la fuerza pública. Ante las limitaciones de la ciencia, la fuerza de la palabra tendrá que ser protagonista en el macrocaso 11.

    Ilustración pag16 Ilustración: Jhojan Millán M. @alverja.caricatura

     

    Todos los grupos armados en Colombia han cometido crímenes contra mujeres y personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas. Solo en el 2002, el año con más registros de estos hechos, más de 3000 personas sufrieron alguna violencia sexual, reproductiva o por prejuicio, todas basadas en género, en el contexto del conflicto armado. Alrededor de 2800 eran mujeres. Estos fueron algunos de los datos con los que la Justicia Especial para la Paz (JEP) puso en marcha, en septiembre de 2023, la fase de reconocimiento del macrocaso 11.  

    Aunque el Grupo de Análisis de la Información (GRAI) de la JEP concluyó que hubo al menos 35.178 víctimas de estos crímenes, en el 30 % de los casos no hay registro del posible agresor. Y en los que sí se presume qué grupo cometió los hechos, el primer lugar lo ocupan los paramilitares, que no son objeto de la JEP. ¿Cómo se demuestra quién es responsable de delitos cometidos hace una, dos o tres décadas? Si los comparecientes llamados a responder por estas violencias no las reconocen, ¿cómo se les puede vencer en juicio?  

    La violencia de género se planteó desde los acuerdos de paz de 2016 como un asunto transversal de investigación de la JEP y ya venía investigándose en otros macrocasos. Sin embargo, el macrocaso 11 “es simbólicamente relevante porque muestra que la violencia basada en género ocurrió de manera masiva y que merece tener un lugar importante en el proceso de investigación después de los acuerdos de paz”. Así lo explica María Cecilia Ibáñez, abogada de Women’s Link Worldwide. Esta fue una de las organizaciones que presionó para la apertura de este proceso, mediante la Alianza 5 Claves, una red de organizaciones que luchan por los derechos de las mujeres en el marco del conflicto armado.  

    Después de analizar 971 informes entregados por organizaciones sociales y entidades estatales, el GRAI concluyó que al menos 309 hacían referencia a violencias sexuales y de género. El análisis le permitió a la JEP identificar patrones de criminalidad distintos a los que ya se habían abordado en macrocasos como el de secuestro o el de la situación territorial de Urabá. Por eso puso en marcha el macrocaso 11.  

    “Por desgracia, es el último caso que abre la jurisdicción”, dice Adriana Benjumea, directora de la Corporación Humanas ‒también de 5 Claves‒. “Hay casos que ya han avanzado por cinco años. En este tenemos menos tiempo para investigar y eso requiere también unas metodologías con mayor celeridad, con mayor participación de las víctimas y con un despliegue que la jurisdicción no ha hecho hasta el momento”, asegura. 

    Probar lo que pasó

    Mientras que los protocolos de la justicia ordinaria en casos de violencia sexual indican la necesidad de recolectar de manera oportuna pruebas como entrevistas, análisis de contexto y muestras biológicas, algunos de estos procesos de investigación no son posibles en la justicia transicional por el tiempo que ha transcurrido. 

    Denis Mukwege, ginecólogo de la República Democrática del Congo y ganador del Premio Nobel de Paz en 2018, visitó en 2019 las instalaciones de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP. Allí declaró que “la pregunta clave está en el valor de la palabra de la víctima, lo que vale su testimonio. El solo hecho de estar presentándose ante un tribunal o una corte debería ser una prueba suficiente de lo que le sucedió”.   

    La palabra de las víctimas llena los vacíos que la ciencia no podría. Birleyda Ballesteros, lideresa de víctimas en Urabá, dice que la JEP les ha dado mucha importancia a los testimonios “porque somos nosotras quienes estamos hablando de unas verdades verdaderas, como lo llamé yo en el informe que hicimos, porque creo que fuimos las que sufrimos. A nosotros nos violentaron, por lo tanto, somos quienes debemos hablar de esa verdad”. 

    Laura Moreno, abogada de la Colectiva Justicia Mujer, explica que para las investigaciones judiciales de las violencias basadas en género (VBG) en el marco internacional se adopta una flexibilización del estándar probatorio. Así, el testimonio y los testigos de oídas toman más fuerza como pruebas. Así lo explica:  

    “Es como una casa de varios pisos. Para poder condenar a una persona yo tengo que llegar al segundo piso y las escaleras son las pruebas, pero cuando yo estoy en VBG no tengo que llegar al segundo piso sino al mezanine (entrepiso)”, explica Laura. El camino rápido en la justicia transicional es el reconocimiento de los comparecientes: “Es como si me hubiera montado en un ascensor, ya no tengo que probar nada porque subí inmediatamente. Pero como no tenemos reconocimiento, es ahí donde vamos a tener que probar”. 

    Un caso que puede servir de modelo para las investigaciones que adelantará la JEP en este proceso es el de Sepur Zarco, una comunidad rural en Guatemala donde mujeres del pueblo maya fueron violentadas y esclavizadas por militares durante la guerra civil. Daniela Barrios, directora de la organización guatemalteca Mujeres Transformando el Mundo, contó en una clínica jurídica convocada por la Colectiva Justicia Mujer el 20 de octubre de 2023 que “para validar las pruebas hicieron peritajes arquitectónicos, antropológicos y lingüísticos que comprobaran la veracidad de los testimonios, además de estudios territoriales que analizaron los comportamientos y comprobaron la existencia de bases discriminatorias, de las cuales partieron las violencias basadas en género”. Dos exmilitares fueron condenados. 

    Aunque este tipo de validación de pruebas se relaciona con un método científico que busca comprobar una hipótesis por medio de ensayos y experimentos, Laura señala que en Colombia no se ha podido acceder a ese tipo de metodología en la justicia transicional. Por eso, destaca el papel que pueden jugar las ciencias sociales en la búsqueda de justicia.  

    De la Urbe buscó a la UIA y a la magistratura de la JEP para conocer cómo abordarían la investigación, pero no obtuvo respuesta. 

    Reconocimiento y responsabilidad 

    El 21 de junio de 2022, el antiguo secretariado de las Farc reconoció su responsabilidad en los hechos del macrocaso 1, el de secuestro. “Sometimos a colombianos y colombianas a este abominable crimen de lesa humanidad y crimen de guerra: el secuestro”, dijo Rodrigo Londoño, último comandante de la guerrilla. También reconoció otros hechos no amnistiables: “En especial, quiero destacar el de la desaparición, los casos que se dieron de violencia sexual y homicidios que, aunque no fueron políticas ni patrones, sí se presentaron”.  

    Este es el único reconocimiento, hasta ahora, de hechos de violencia sexual, pero cobija solo aquellos que la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas recogió en ese caso específico. Además, no significa que Londoño haya perpetrado directamente estos crímenes, sino que se los asume como máximo responsable.  

    La JEP, por su naturaleza transicional, se encarga de llegar a máximos responsables y partícipes determinantes, pero no a violentadores directos. Para Birleyda, cada persona debería responder por sus actos, pero está de acuerdo con esa figura “porque es reconocer que los altos mandos también tienen responsabilidad en estas acciones”. 

    En cambio, Ángela Escobar, coordinadora de la Red de Mujeres Víctimas y Profesionales, considera que esta figura podría llevar a que no haya reconocimiento: “Ellos no se van a atribuir algo que no han cometido. Actuaron por omisión, sí, pero no lo cometieron”. 

    La Sala de Reconocimiento de la JEP estima que la investigación de los macrocasos puede tardar alrededor de 5 años. El proceso requiere la acreditación de las víctimas, audiencias libres, práctica de pruebas y otros pasos para llegar a la determinación de hechos y conductas, es decir, a la imputación. Una vez se llegué allí, los imputados podrán reconocer su responsabilidad o negarla y enfrentarse a juicio. Las víctimas podrían ser revictimizadas al tener que repetir testimonios dolorosos o encontrarse con quienes fueron sus victimarios. Así lo considera María Cecilia Ibáñez, de Women’s Link Worldwide, quien resalta la importancia de que la JEP les brinde a las víctimas acompañamiento psicosocial e incluso religioso.  

    Birleyda ha dado su testimonio para el macrocaso 4, de Urabá. No sintió que este proceso fuera revictimizante: “Si fuera así yo lo hubiera expresado. Nos tratan muy bien, están atentos. Siempre cuentan con ayuda psicológica y profesionales para acompañar el proceso”. 

    Tres hipótesis 

    La Sala de Reconocimiento decidió dividir el macrocaso en tres subcasos: uno sobre VBG cometidas por las Farc contra civiles; otro sobre las VBG cometidas por la fuerza pública y el último sobre las que se cometieron dentro de las filas de ambos ejércitos. 

    Laura Moreno explica que los subcasos son hipótesis y que la labor de las organizaciones es decir si concuerdan o no con estas: “Si concuerdan, nosotros le aportamos elementos de prueba, de juicio, participamos en las audiencias para fortalecer esa hipótesis. De lo contrario, empezamos a hacer un ejercicio de litigio”. 

    Desde la Corporación Humanas pidieron que no se dividiera la investigación por actor armado porque, según Adriana Benjumea, deja a las representantes de víctimas en “un lugar muy complicado”, como si solo representaran a las víctimas de uno u otro actor. Ella defiende que la violencia sexual debe entenderse como una forma de hacer la guerra contra las comunidades y “deteriorar la moral del enemigo”, y que por lo tanto debe juzgarse como crimen de guerra y de lesa humanidad, sin importar qué actor lo cometió.  

    Si bien la JEP reconoce en el Auto-005 de 2023 que la cultura patriarcal compartida por ejércitos y comunidades afectadas por la guerra es un factor en común entre los hechos asociados a este proceso, justifica la división en subcasos en que “hay factores diferenciales según los planteamientos estratégicos, tácticos y operativos en los que cada ejército desarrollaba su actuar bélico, ejercía control y mando al interior de las filas”. 

    Por su parte, Ángela Escobar, externa a la Alianza 5 claves, pero representante de las víctimas, agrega que en esa subdivisión por subcasos que juntan todas las VBG no se le dio a la violencia sexual la prioridad que merecía. 

    Reparar el daño  

    La JEP fue creada para otorgarles a las víctimas verdad, justicia y reparación. Birleyda espera que algunas de estas acciones sean “programas y proyectos que restituyan el derecho socioeconómico de las víctimas” de forma integral y sin causarles daño. 

    Pero ¿cómo se repara el daño causado a una víctima de violencia de género? Desde la Red de Mujeres Víctimas y Profesionales, organización representada por Ángela, se propuso la creación de un centro de atención especializada para la reparación y tratamiento integral de las víctimas de violencia sexual dentro del proceso de paz. 

    La red y la UIA hicieron unas cartografías corporales con las que las víctimas identificaron los daños en su salud física y emocional. “Al preguntarles a las víctimas cómo querían ser reparadas e identificar diferentes necesidades mediante los grupos focales, empezamos a pensar en el centro especializado”, explica Ángela. El proyecto está inspirado en el Hospital Panzi, una fundación creada por Denis Mukwege que desde 1999 atiende a víctimas de violencia sexual en el conflicto del Congo. 

    Ángela recuerda: “Cuando ya llega todo esto de la JEP, de mirar las sanciones propias, nosotras dijimos, pues que ellos nos ayuden a construir el centro especializado y que aquellas mujeres que fueron enfermeras empíricas puedan trabajar en el centro como pago de sus sanciones”.  

    A algunos comparecientes se les ha dado la posibilidad de pagar sus sanciones de manera anticipada. Adriana Benjumea considera que parte de la sanción debe mantener un vínculo simbólico con los crímenes sexuales: “Al ser el último macrocaso en abrirse, lo que va a pasar es que cuando llegue el momento de la sanción, la responsabilidad quedará en cabeza de mandos medios, los máximos responsables ya habrán pagado en los otros crímenes”. 

    Birleyda ya hace parte del macrocaso 4 debido a las múltiples violencias de las que fue víctima en el Urabá. Ahora espera acreditarse en el macrocaso 11. Ella lo ve como una oportunidad para que otras personas hablen. Y agrega que “es muy bueno porque vamos a escuchar a más gente y conocer más casos, es la gran oportunidad que se estaba esperando”. 

    Glosario 

    Macrocaso: Es la figura con la que la JEP selecciona, agrupa e investiga los delitos más graves cometidos antes del primero de diciembre del 2016, en el contexto del conflicto armado colombiano, por las Farc o la fuerza pública. Hasta el momento se han abierto 11 macrocasos. 

    Estándar probatorio: Es el punto de referencia que se usa para considerar que se logra probar la comisión de un delito y su responsabilidad por medio de herramientas jurídicas que les permitan a los jueces establecer una imputación y sentencia. 

    Sanciones: La JEP tiene tres tipos de sanciones según la responsabilidad y el reconocimiento de los delitos cometidos.  

         Sanción propia: por reconocimiento temprano y completo, se puede pagar fuera de la cárcel de cinco a ocho años.  

         Sanción alternativa: por reconocimiento extemporáneo, puede dar hasta ocho años de prisión. 

         Sanción ordinaria: cuando no hay reconocimiento, puede dar hasta 20 años de prisión.  

    Máximos responsables: Son quienes tuvieron un rol esencial en la organización y una participación determinante en los hechos de violencia ocurridos en el marco del conflicto armado, no únicamente de manera directa sino también de manera indirecta. 

    Macrocriminalidad: Hace referencia a los fenómenos de criminalidad masiva, de carácter colectivo y políticamente condicionada por una lucha de poderes entre los actores armados. 

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